JORNADAS SOBRE CLINICAS JURÍDICAS DE INTERÉS PUBLICO EN ARGENTINA

Desafíos y Alternativas de Implementación

12 y 13 de  julio de 2002

Córdoba – Argentina

 

 

Clínicas Jurídicas
Itinerario, Obstáculos, Dificultades y Programa

Ernesto Domenech

Itinerario

La llegada a las clínicas jurídicas es consecuencia de un recorrido en el que convergen factores diversos. Ciertas incomodidades de recién recibido, la azarosa formación profesional, algunas lecturas adquiridas al margen de la formación académica, experiencias de innovación en las cátedras de grado, proyectos de investigación sobre los casos y la educación legal y actividades de extensión universitaria.

El difícil tránsito del diploma al ejercicio profesional de la abogacía –una experiencia que la significativa desocupación de los abogados atempera- advierte rápidamente al recién recibido que los conocimientos que adquirió en la Facultad poco coinciden, o casi nada con las tareas y experiencias que debe afrontar. Nada más y nada menos que imaginar un proyecto profesional, verificar sus posibilidades de realización, intentar llevarla adelante incluyendo las capacitaciones necesarias, y eventualmente estar dispuesto a redefinirlo, en una tensión singular entre el deseo y las posibilidades, los logros y las frustraciones.

Es que las prácticas están rodeadas de un saber hacer que el joven graduado no posee. Un saber hacer poco formulado, y que se adquiere de manera absolutamente informal y lenta, en tiempos y sitios imprecisos, sin grandes docentes titulados, ni respuestas claras e inequívocas. Gran contraste entonces con el saber explícito, conceptual y cierto que le imponen las academias en clases magistrales y exámenes de respuestas certeras. Y horarios y lugares fijos. Este saber hacer ”práctico”, muy frecuentemente incómodo, posee muy pocos registros y estudios que den cuenta de él. De sus vicisitudes, y la fascinante incertidumbre que, si se toleran las ansiedades, se convierte, aun en sus rutinas más abrumadoras, en posibilidades de innovación y descubrimiento.

Entender este malestar inolvidable, y resolverlo, aun a costa de nuevos malestares constituye un primer hito hacia las clínicas jurídicas.

Un hito que marca los límites de los saberes adquiridos en las Academias y sus prácticas de papel, sin casos, ni personas reales, que sientan, sufran y hablen.

Algunas lecturas que suelen adquirirse al margen de la carrera han sido, en mi caso, otro estímulo. Lecturas que cuestionan las dogmáticas jurídicas, como las que desde hace ya muchos años, formularon Genaro Carrió y Carlos Santiago Nino en la Argentina, o Merryman en un texto pensado para estudiantes norteamericanos. Lecturas que desmistifican una ley perfecta, que advierten sobre la importancia y el rol de los intérpretes y aplicadores de la ley, sobre la variaciones de las lecturas, sobre la importancia de la diversidad de puntos de vista, sobre la necesidad de su explicitación clara y justificación precisa, tanto como sobre los intereses de las personas que demandan la intervención de los abogados. Autores que enfatizan la importancia de los casos de verdad, por oposición a los casos que se inventan para mostrar el aporte de las Teorías que se estudian, mas allá de sus probabilidades ciertas. Y que se atreven a destacar la creatividad que reiteración memorísticas de leyes y doctrinas aletarga.

Sin embargo no sólo incomodidades de recién recibido, y lecturas marginales han cooperado para imaginar que, las clínicas jurídicas, pueden ser un muy buen recurso en la formación y entrenamiento de los abogados.

Ciertas experiencias pedagógicas también coinciden en estos recorridos. El trabajo con casos es una de ellas. Y en especial el trabajo con casos reales una faena que ha ido adquiriendo paulatinamente importancia en diversas ramas del derecho, y que ha motivado libros especiales, o la reformulación de los manuales y tratados de algunas materias.

A poco que se articule una enseñanza, o un aprendizaje empleando casos reales, se advierte que estos son narraciones o versiones a las que se llega después de toda una tarea. Son construcciones que se presentan como finiquitadas, pero que, en realidad, responden a procesos lentos y complejos en los que inscriben un conjunto heterogéneo de personas, entre ellos, los abogados en diversos ejercicios profesionales. Fiscales, Defensores, apoderados de compañías de seguros, o de damnificados Jueces de instancias distintas. Asesores de Incapaces, Instructores Judiciales. Y todo este proceso constructivo que se vislumbra en un fallo también se oculta con él, si se lo estudia solo, aislado, puro, incontaminado. Como un acontecimiento extraño y puntual. Si sólo se repara en lo escrito sin atender a las circunstancias que rodearon rodean las escrituras.

Esas experiencias pedagógicas motivaron, por su parte, la necesidad de estudiar los casos reales a partir de los expedientes o los legajos, y con ello a las posibilidades y límites de sus uso en la enseñanza del derecho. Y fueron precisamente posibilidades y límites que configuraron una fuerte motivación para proponer el trabajo en Clínicas jurídicas. Las circunstancias no escritas, pero que se infieren de los expedientes, y aquellas decididamente no escritas, insinuaron las bondades de la clínica como forma de aprendizaje.

Llevar adelante estas experiencias pedagógicas hizo indispensable trabajar teoricamente las prácticas, analizar los “casos reales” a partir de los “expedientes” o legajos judiciales, caracterizarlos, enfrentar su complejidad, reparar en los modos de su producción y cambio, preparar materiales didácticos para operar con ellos y con la teoría, realizar observaciones institucionales. Estas investigaciones, sin embargo, al operar sobre lo escrito, si bien permiten inferir lo no escrito de las prácticas, son insuficientes para un acercamiento más detenido con los ejercicios profesionales. Y este límite es también un estímulo para trabajar con clínicas jurídicas. Al menos con un tipo de clínicas jurídicas.

Finalmente tareas solidarias de extensión universitaria que se llevan adelante de forma aislada con la formación académica, fueron el último de los ingredientes de este catálogo de hitos al cabo de los cuales parecen aguardarnos las clínicas jurídicas. Proyectos de extensión con Defensorías barriales, que poseen ya varios años de ejercicio en nuestra Facultad, o jóvenes Defensorías Integrales del niño, demandan una capacitación en acto, y desafían no sólo las investigaciones sobre casos, sino también los contenidos e importancia de los estudios de la teoría. Esta experiencias se llevan adelante más por jóvenes egresados que por docentes. Interesados en capacitare, en iniciarse en la profesión y también motivados por ese extraño sentido de justicia que involucra la defensa de quien no puede defenderse. Pero. Aisladas de la formación académicas, de la reflexión en conjunto se privan de crecimiento, y asesoramiento experto y de hacer crecer también la enseñanza del derecho. Integrar por tanto la extensión, con la investigación y la enseñanza parece conducir también a la clínica jurídica.

Obstáculos y dificultades

Claro que la inclusión académica de una clínica posee ciertos obstáculos y dificultades en la gestión.

Obstáculos

Los primeros se encuentran relacionados con los modos de aprendizaje del derecho:

1. Las formas como el derecho se aprende.

Una de las primeras dificultades para el aprendizaje con clínicas jurídicas consiste en la forma como el derecho se aprende al menos en nuestra tradición jurídica, un aprendizaje ligado profundamente a convicciones sobre teóricas sobre el derecho mismo.

La ciencia del derecho, en la tradición jurídica romano canónica se ha mostrado refractaria a la formación práctica.

Sus teorías fuertemente dogmáticas se presentan con un elevado grado de abstracción y fuertemente conceptualistas.

La ley se muestra como un entidad autoparlante y perfecta que se aprende con la mera reiteración. No se contextualizan los problemas legales ni al momento en que las reglas nacen, ni al momento en que se aplican, y los casos, y las circunstancias del caso, no forman parte del repertorio de intereses teóricos.

Tampoco una adecuada identificación de los distintos puntos de vista con que se puede mirar y estudiar un problema legal, y un caso en concreto.

Las materias se estudian atomizadas y por especialidades cuando en realidad los casos muestran constelaciones profundamente vinculadas de reglas de muy diversa procedencia.

No se desarrollan habilidades de los alumnos para problematizar, crear, o consultar casos. Tampoco se cuenta con “teoría” de las prácticas que con frecuencia se presentan como naturales, accesibles por el mero acontecimiento de transitarlas.

2. La ausencia curricular de clínicas en los planes de estudios.

¿Cómo, entonces, incluir las clínicas jurídicas en la formación de abogados? Diversas instancias de los actuales planes de estudios permiten tales inclusiones.

. Incluirlas en la formación práctica o como alternativas a las formas que en la actualidad aluden a la formación práctica de los abogados.

. Incluirlas en otras instancias alternativas, en especial de investigación.. Incluirlas en la Capacitación de Post grado.

. No obstante estas inclusiones son, de alguna manera, limitadas, como se verá un poco más adelante. Y plantean problemas de índole presupuestario.

Dificultades

Las dificultades, en cambio, se vinculan más con características y definiciones propias de las clínicas.

1. ¿Cómo seleccionar los casos?

Los criterios y variables no son únicos. Cuando se diseña un trabajo en un barrio, o en una temática que involucre las carencias, obtener clientes no es un problema. Lo es en cambio poder determinar cuáles de los múltiples problemas que se plantean puede ser abordado en una clínica. Algunos de éstos son muy sencillos y resolución extrajudicial, como puede ser obtener un documento de identidad de un niño, o inscribirlo, o reconocerlo. Otro se refieren a problemas más complejos como el cuidado de un niño, su asistencia, y la promoción de ciertos derechos. Son dificultades que ha tenido en ocasiones soluciones judiciales temidas, o de cuya eficacia se duda, como ha ocurrido en numerosas ocasiones en el ejercicio del Patronato de Menores. En estos casos se intentan soluciones alternativas en medio de un singular cambio normativo y actitudinal, que impone nuevos ejercicios profesionales. Pero en otras oportunidades nuestros clientes son los propios operadores del sistema de minoridad disconformes con el abordaje de algún caso en las instancias judiciales, o perplejos frente a un caso en atención al temor a las instituciones judiciales. Finalmente otro grupo de casos pone en juego no sólo temáticas de infancia, sino otras añadidas como problemas de discriminación y discapacidad. ¿Cuáles de estos casos seleccionar? Algunos de ellos poseen gran demanda y escasa complejidad jurídica, otros son, por el contrario menos frecuentes pero exigen poseer adecuada tecnología jurídica para enfrentarlos y sostenerlos. Algunos requieren una capacitación sencilla de los intervinientes, y no exigen matriculación profesional. Otros necesitan una capacitación creciente, un significativo entrenamiento y se alongan en el tiempo. Algunos pueden generar interés en algún abogado de la matrícula. Otros ninguno.

2. La selección y dedicación de los intervinientes.

La selección y dedicación de los intervinientes también constituye una dificultad.

En Universidades Públicas y Masivas, docentes y alumnos de las Facultades poseen una dedicación sencilla o simple, que se caracteriza por la baja carga horaria exigida a los profesores, y que puede llegar a ser nula para los alumnos considerados libres.

Las clínicas exceden estas limitaciones, y añaden otras. Al menos uno de los docentes o alguno de los participantes, para cierto tipo de casos, debe poseer matrícula habilitada, y estar dispuesto a emplear esta habilitación profesional. Si el participante que emplea su matrícula no es docente, entonces debe definirse el rol de los docentes o del encargado de la clínica. Es posible imaginar docentes invitados como consultores o expositores para aspectos o matices de un caso, docentes que coordinen la labor y el que la efectivice. En tanto los alumnos y para cierto tipo de actividades deben tener alguna formación. Aunque el diseño de la clínica puede involucrar actividades diversas desde ciertas gestorías que no requieren habilitación ni conocimientos especiales, hasta desempeños más complejos, pasando por instancias de procuración, o de búsqueda inteligente de información relevante, normativa, bibliográfica, jurisprudencial o de otro tipo.

Por otra parte si la clínica consiste en llevar delante de un modo efectivo un caso “real”, entonces los tiempos no se ajustan al tiempo académico, ni a los lugares académicos. Porque involucra actividades que no se llevan adelante en la Facultad, y si , en cambio, en otras dependencias e instituciones.

La defensoría integral del niño los integrantes se agruparon después de haber cursado un seminario sobre la problemática. Que requería cierta avance en la carrera de abogacía –no menos de 15 materias-, pero que admitía también graduado jóvenes y alumnos y graduados jóvenes de Trabajo Social, Psicología y Filosofía. Contó con la dedicación de una docente habilitada en la matrícula, y el

asesoramiento en temáticas psicológicas de otra de la docentes del seminario.

3. Tiempos de las clínicas

La duración de la clínica constituye también una cuestión a analizar y resolver en su diseño. La duración de los casos reales no coinciden con los tiempos de los seminarios o de las prácticas de las Facultades de Derecho. Pueden durar mucho más o mucho menos. Por esta razón debe pensarse cuál puede ser el reconocimiento académico de esta tarea.

Una forma posible es dar continuidad a la Clínica como si fuera una suerte de Defensoría o Fiscalía, y considerar a la clínica como una pasantía en la misma.

Eventualmente es posible también que las clínicas puedan suplir a algunos de los módulos prácticos, según programa de tareas monitoreado por el docente a cargo

4. El empleo de la matrícula

Un problema a considerar es el empleo de la matrícula, un requisito indispensable para ciertos ejercicios profesionales. La matrícula puede corresponder a un Profesor con ejercicio libre, o a un alumno o participante graduado.

5. Responsabilidad Profesional

Directamente relacionado con los roles de dirección de la clínica, docente invitado o tutor y profesional habilitado que emplea su matrícula se encuentra el problema de la responsabilidad profesional ante una eventual mala praxis, y la medida en que esta responsabilidad puede involucrar a la institución que propicia la Clínica, y eventualmente el patrimonio. En nuestra experiencia no hemos enfrentado estas dificultades, que, no obstante deben ser adecuadamente repensadas, como otros temas asociados como,

6. Gastos y honorarios y

7. Costas

En general el tipo de casos que se admite puede exonerar de ciertos tipo de gastos –a través del beneficio de litigar sin gastos- pero no otros: como los derivados de expertos de parte. Sin embargo por acuerdos o convenios con instituciones públicas, como Facultades o Colegios Profesionales, puede acordarse tareas a riesgo y beneficio.

8. Competencia con otros profesionales y con otras instancias de asesoramiento jurídico gratuito

La eventual competencia con los ejercicios profesionales privados es otra delicada cuestión que debe ser considerada. Sobre todo cuando muchas normas de ética profesional aluden al mismo y comprometen los ejercicios mismos. No obstante también los Colegios Profesionales deben garantizar la asistencia gratuita del pobre. Por esta razón es aconsejable llegar a acuerdos y tener en cuenta estos detalles al momento de seleccionar los casos o clientes sobre los que operará la clínica.

9. La capacitación en la Clínicas

Un tema de relevancia en las Clínicas está dado por la capacitación. Las Clínicas configuran una instancia de capacitación que no responde a los cánones habituales, y que implica la formación a través del hacer profesional. Sin embargo son deseables procesos paralelos que refuercen y relacionen la temática de los casos que se seleccionen, y que entrenen en las habilidades indispensables para abordarlos. En especial para útiles conocimientos vinculados con la producción de los casos y sus estrategias. Los problemas de la escucha de los clientes, y de los problemas éticos que pudiesen derivarse.

10. Evaluación de desempeños

Al incluirse de una Clínica Jurídica, lo mismo que el estudio sobre un caso real, los modelos reiterativos habituales de evaluación no son idóneos. La evaluación de desempeños debe ser reformulada para ponderar:

. Posibilidad de detección de diversas miradas y puntos de vista en los temas teóricos involucrados.

. Análisis argumental de esas miradas, y de las consecuencias que ellas se derivan para el cliente

. Creatividad en la selección de vías y medios para analizar el caso, sus beneficios y dificultades.

. Creatividad en la forma de selección de prueba relevante y de su producción.

. Calidad de la búsqueda de información legal, jurisprudencial, y doctrinaria, su análisis y presentación

. Calidad en la escucha del cliente y de detectar dificultades éticas.

La evaluación por ende debe ser más del proceso de desempeño que de un acto puntual, y no debe sesgar el empleo de fuentes y materiales.


 

Contenidos de una Clínica

Justificación

Hemos incluido la Clínica Jurídica como un seminario alternativo de la Carrera de Grado. En la UNLP. Con la cooperación de la Universidad de Palermo.

Los seminarios alternativos son un experiencia innovadora en nuestra Unidad académica que pretenden asociar la investigación y el pensamiento creativo y crítico con nuevos temas y nuevas metodología didácticas. Permiten cumplir con una condición necesario para la obtención del título de grado cual es haber aprobado un seminario.

En este caso, además, se intenta relacionarla con: otros seminarios paralelos –sobre Discapacidad y Derecho y Genética y Derecho- y una experiencia de extensión solidaria del Instituto de Derecho del Niño, la defensoría integral del niño.

Objetivos

General: propiciar la inclusión de las clínicas jurídicas como método de aprendizaje del derecho en una Universidad Pública de matrícula masiva.

Específicos:

Destinatarios:

1. Alumnos de grado en condiciones de rendir el seminario. Es deseable que hayan aprobado Derecho Procesal II, las prácticas Civiles y Derecho Civil V, razón por la cual se privilegiará su inscripción en caso de exceso en la matrícula.

2. Graduados con no más de 3 años de recibidos y colaboradores con los seminarios de Discapacidad y Derecho y Genética y Derecho.

3. Docentes: se preferirá aquellos interesados en la innovación curricular y pedagógica y con matrícula profesional habilitada.

1. Se permitirá la asistencia a los integrantes de la Defensoría Integral del Niño