JORNADAS SOBRE CLINICAS JURÍDICAS DE
INTERÉS PUBLICO EN ARGENTINA
Desafíos y Alternativas de
Implementación
12 y 13 de julio de 2002
Córdoba – Argentina
Clínicas Jurídicas
Itinerario, Obstáculos, Dificultades y Programa
Ernesto Domenech
Itinerario
La
llegada a las clínicas jurídicas es consecuencia de un recorrido en el que
convergen factores diversos. Ciertas incomodidades de recién recibido, la
azarosa formación profesional, algunas lecturas adquiridas al margen de la
formación académica, experiencias de innovación en las cátedras de grado,
proyectos de investigación sobre los casos y la educación legal y actividades
de extensión universitaria.
El
difícil tránsito del diploma al ejercicio profesional de la abogacía –una
experiencia que la significativa desocupación de los abogados atempera-
advierte rápidamente al recién recibido que los conocimientos que adquirió en
la Facultad poco coinciden, o casi nada con las tareas y experiencias que debe
afrontar. Nada más y nada menos que imaginar un proyecto profesional, verificar
sus posibilidades de realización, intentar llevarla adelante incluyendo las
capacitaciones necesarias, y eventualmente estar dispuesto a redefinirlo, en
una tensión singular entre el deseo y las posibilidades, los logros y las frustraciones.
Es
que las prácticas están rodeadas de un saber hacer que el joven graduado no
posee. Un saber hacer poco formulado, y que se adquiere de manera absolutamente
informal y lenta, en tiempos y sitios imprecisos, sin grandes docentes
titulados, ni respuestas claras e inequívocas. Gran contraste entonces con el
saber explícito, conceptual y cierto que le imponen las academias en clases
magistrales y exámenes de respuestas certeras. Y horarios y lugares fijos. Este
saber hacer ”práctico”, muy frecuentemente incómodo, posee muy pocos registros
y estudios que den cuenta de él. De sus vicisitudes, y la fascinante
incertidumbre que, si se toleran las ansiedades, se convierte, aun en sus
rutinas más abrumadoras, en posibilidades de innovación y descubrimiento.
Entender
este malestar inolvidable, y resolverlo, aun a costa de nuevos malestares
constituye un primer hito hacia las clínicas jurídicas.
Un
hito que marca los límites de los saberes adquiridos en las Academias y sus
prácticas de papel, sin casos, ni personas reales, que sientan, sufran y
hablen.
Algunas
lecturas que suelen adquirirse al margen de la carrera han sido, en mi caso,
otro estímulo. Lecturas que cuestionan las dogmáticas jurídicas, como las que
desde hace ya muchos años, formularon Genaro Carrió y Carlos Santiago Nino en
la Argentina, o Merryman en un texto pensado para estudiantes norteamericanos.
Lecturas que desmistifican una ley perfecta, que advierten sobre la importancia
y el rol de los intérpretes y aplicadores de la ley, sobre la variaciones de
las lecturas, sobre la importancia de la diversidad de puntos de vista, sobre
la necesidad de su explicitación clara y justificación precisa, tanto como
sobre los intereses de las personas que demandan la intervención de los
abogados. Autores que enfatizan la importancia de los casos de verdad, por
oposición a los casos que se inventan para mostrar el aporte de las Teorías que
se estudian, mas allá de sus probabilidades ciertas. Y que se atreven a
destacar la creatividad que reiteración memorísticas de leyes y doctrinas
aletarga.
Sin
embargo no sólo incomodidades de recién recibido, y lecturas marginales han
cooperado para imaginar que, las clínicas jurídicas, pueden ser un muy buen
recurso en la formación y entrenamiento de los abogados.
Ciertas
experiencias pedagógicas también coinciden en estos recorridos. El trabajo con
casos es una de ellas. Y en especial el trabajo con casos reales una faena que
ha ido adquiriendo paulatinamente importancia en diversas ramas del derecho, y
que ha motivado libros especiales, o la reformulación de los manuales y
tratados de algunas materias.
A
poco que se articule una enseñanza, o un aprendizaje empleando casos reales, se
advierte que estos son narraciones o versiones a las que se llega después de
toda una tarea. Son construcciones que se presentan como finiquitadas, pero
que, en realidad, responden a procesos lentos y complejos en los que inscriben
un conjunto heterogéneo de personas, entre ellos, los abogados en diversos
ejercicios profesionales. Fiscales, Defensores, apoderados de compañías de
seguros, o de damnificados Jueces de instancias distintas. Asesores de
Incapaces, Instructores Judiciales. Y todo este proceso constructivo que se
vislumbra en un fallo también se oculta con él, si se lo estudia solo, aislado,
puro, incontaminado. Como un acontecimiento extraño y puntual. Si sólo se
repara en lo escrito sin atender a las circunstancias que rodearon rodean las
escrituras.
Esas
experiencias pedagógicas motivaron, por su parte, la necesidad de estudiar los
casos reales a partir de los expedientes o los legajos, y con ello a las
posibilidades y límites de sus uso en la enseñanza del derecho. Y fueron
precisamente posibilidades y límites que configuraron una fuerte motivación
para proponer el trabajo en Clínicas jurídicas. Las circunstancias no escritas,
pero que se infieren de los expedientes, y aquellas decididamente no escritas,
insinuaron las bondades de la clínica como forma de aprendizaje.
Llevar
adelante estas experiencias pedagógicas hizo indispensable trabajar
teoricamente las prácticas, analizar los “casos reales” a partir de los
“expedientes” o legajos judiciales, caracterizarlos, enfrentar su complejidad,
reparar en los modos de su producción y cambio, preparar materiales didácticos
para operar con ellos y con la teoría, realizar observaciones institucionales.
Estas investigaciones, sin embargo, al operar sobre lo escrito, si bien
permiten inferir lo no escrito de las prácticas, son insuficientes para un
acercamiento más detenido con los ejercicios profesionales. Y este límite es
también un estímulo para trabajar con clínicas jurídicas. Al menos con un tipo
de clínicas jurídicas.
Finalmente
tareas solidarias de extensión universitaria que se llevan adelante de forma
aislada con la formación académica, fueron el último de los ingredientes de
este catálogo de hitos al cabo de los cuales parecen aguardarnos las clínicas
jurídicas. Proyectos de extensión con Defensorías barriales, que poseen ya
varios años de ejercicio en nuestra Facultad, o jóvenes Defensorías Integrales
del niño, demandan una capacitación en acto, y desafían no sólo las
investigaciones sobre casos, sino también los contenidos e importancia de los
estudios de la teoría. Esta experiencias se llevan adelante más por jóvenes
egresados que por docentes. Interesados en capacitare, en iniciarse en la
profesión y también motivados por ese extraño sentido de justicia que involucra
la defensa de quien no puede defenderse. Pero. Aisladas de la formación
académicas, de la reflexión en conjunto se privan de crecimiento, y
asesoramiento experto y de hacer crecer también la enseñanza del derecho.
Integrar por tanto la extensión, con la investigación y la enseñanza parece
conducir también a la clínica jurídica.
Obstáculos y dificultades
Claro
que la inclusión académica de una clínica posee ciertos obstáculos y
dificultades en la gestión.
Obstáculos
Los
primeros se encuentran relacionados con los modos de aprendizaje del derecho:
1. Las formas como el derecho se aprende.
Una
de las primeras dificultades para el aprendizaje con clínicas jurídicas
consiste en la forma como el derecho se aprende al menos en nuestra tradición
jurídica, un aprendizaje ligado profundamente a convicciones sobre teóricas
sobre el derecho mismo.
La
ciencia del derecho, en la tradición jurídica romano canónica se ha mostrado
refractaria a la formación práctica.
Sus
teorías fuertemente dogmáticas se presentan con un elevado grado de abstracción
y fuertemente conceptualistas.
La
ley se muestra como un entidad autoparlante y perfecta que se aprende con la
mera reiteración. No se contextualizan los problemas legales ni al momento en
que las reglas nacen, ni al momento en que se aplican, y los casos, y las
circunstancias del caso, no forman parte del repertorio de intereses teóricos.
Tampoco
una adecuada identificación de los distintos puntos de vista con que se puede
mirar y estudiar un problema legal, y un caso en concreto.
Las
materias se estudian atomizadas y por especialidades cuando en realidad los
casos muestran constelaciones profundamente vinculadas de reglas de muy diversa
procedencia.
No
se desarrollan habilidades de los alumnos para problematizar, crear, o
consultar casos. Tampoco se cuenta con “teoría” de las prácticas que con
frecuencia se presentan como naturales, accesibles por el mero acontecimiento
de transitarlas.
2. La ausencia curricular de clínicas en los planes de estudios.
¿Cómo,
entonces, incluir las clínicas jurídicas en la formación de abogados? Diversas
instancias de los actuales planes de estudios permiten tales inclusiones.
.
Incluirlas en la formación práctica o como alternativas a las formas que en la
actualidad aluden a la formación práctica de los abogados.
.
Incluirlas en otras instancias alternativas, en especial de investigación..
Incluirlas en la Capacitación de Post grado.
.
No obstante estas inclusiones son, de alguna manera, limitadas, como se verá un
poco más adelante. Y plantean problemas de índole presupuestario.
Dificultades
Las
dificultades, en cambio, se vinculan más con características y definiciones propias
de las clínicas.
1. ¿Cómo seleccionar los casos?
Los
criterios y variables no son únicos. Cuando se diseña un trabajo en un barrio,
o en una temática que involucre las carencias, obtener clientes no es un
problema. Lo es en cambio poder determinar cuáles de los múltiples problemas
que se plantean puede ser abordado en una clínica. Algunos de éstos son muy
sencillos y resolución extrajudicial, como puede ser obtener un documento de
identidad de un niño, o inscribirlo, o reconocerlo. Otro se refieren a problemas
más complejos como el cuidado de un niño, su asistencia, y la promoción de
ciertos derechos. Son dificultades que ha tenido en ocasiones soluciones
judiciales temidas, o de cuya eficacia se duda, como ha ocurrido en numerosas
ocasiones en el ejercicio del Patronato de Menores. En estos casos se intentan
soluciones alternativas en medio de un singular cambio normativo y actitudinal,
que impone nuevos ejercicios profesionales. Pero en otras oportunidades
nuestros clientes son los propios operadores del sistema de minoridad
disconformes con el abordaje de algún caso en las instancias judiciales, o
perplejos frente a un caso en atención al temor a las instituciones judiciales.
Finalmente otro grupo de casos pone en juego no sólo temáticas de infancia, sino
otras añadidas como problemas de discriminación y discapacidad. ¿Cuáles de
estos casos seleccionar? Algunos de ellos poseen gran demanda y escasa
complejidad jurídica, otros son, por el contrario menos frecuentes pero exigen
poseer adecuada tecnología jurídica para enfrentarlos y sostenerlos. Algunos
requieren una capacitación sencilla de los intervinientes, y no exigen
matriculación profesional. Otros necesitan una capacitación creciente, un
significativo entrenamiento y se alongan en el tiempo. Algunos pueden generar
interés en algún abogado de la matrícula. Otros ninguno.
2. La selección y dedicación de los intervinientes.
La
selección y dedicación de los intervinientes también constituye una dificultad.
En
Universidades Públicas y Masivas, docentes y alumnos de las Facultades poseen
una dedicación sencilla o simple, que se caracteriza por la baja carga horaria
exigida a los profesores, y que puede llegar a ser nula para los alumnos
considerados libres.
Las
clínicas exceden estas limitaciones, y añaden otras. Al menos uno de los
docentes o alguno de los participantes, para cierto tipo de casos, debe poseer
matrícula habilitada, y estar dispuesto a emplear esta habilitación
profesional. Si el participante que emplea su matrícula no es docente, entonces
debe definirse el rol de los docentes o del encargado de la clínica. Es posible
imaginar docentes invitados como consultores o expositores para aspectos o
matices de un caso, docentes que coordinen la labor y el que la efectivice. En
tanto los alumnos y para cierto tipo de actividades deben tener alguna
formación. Aunque el diseño de la clínica puede involucrar actividades diversas
desde ciertas gestorías que no requieren habilitación ni conocimientos
especiales, hasta desempeños más complejos, pasando por instancias de
procuración, o de búsqueda inteligente de información relevante, normativa,
bibliográfica, jurisprudencial o de otro tipo.
Por
otra parte si la clínica consiste en llevar delante de un modo efectivo un caso
“real”, entonces los tiempos no se ajustan al tiempo académico, ni a los
lugares académicos. Porque involucra actividades que no se llevan adelante en
la Facultad, y si , en cambio, en otras dependencias e instituciones.
La
defensoría integral del niño los integrantes se agruparon después de haber
cursado un seminario sobre la problemática. Que requería cierta avance en la
carrera de abogacía –no menos de 15 materias-, pero que admitía también
graduado jóvenes y alumnos y graduados jóvenes de Trabajo Social, Psicología y
Filosofía. Contó con la dedicación de una docente habilitada en la matrícula, y
el
asesoramiento
en temáticas psicológicas de otra de la docentes del seminario.
3. Tiempos de las clínicas
La
duración de la clínica constituye también una cuestión a analizar y resolver en
su diseño. La duración de los casos reales no coinciden con los tiempos de los
seminarios o de las prácticas de las Facultades de Derecho. Pueden durar mucho
más o mucho menos. Por esta razón debe pensarse cuál puede ser el
reconocimiento académico de esta tarea.
Una
forma posible es dar continuidad a la Clínica como si fuera una suerte de
Defensoría o Fiscalía, y considerar a la clínica como una pasantía en la misma.
Eventualmente
es posible también que las clínicas puedan suplir a algunos de los módulos
prácticos, según programa de tareas monitoreado por el docente a cargo
4. El empleo de la matrícula
Un
problema a considerar es el empleo de la matrícula, un requisito indispensable
para ciertos ejercicios profesionales. La matrícula puede corresponder a un
Profesor con ejercicio libre, o a un alumno o participante graduado.
5. Responsabilidad Profesional
Directamente
relacionado con los roles de dirección de la clínica, docente invitado o tutor
y profesional habilitado que emplea su matrícula se encuentra el problema de la
responsabilidad profesional ante una eventual mala praxis, y la medida en que
esta responsabilidad puede involucrar a la institución que propicia la Clínica,
y eventualmente el patrimonio. En nuestra experiencia no hemos enfrentado estas
dificultades, que, no obstante deben ser adecuadamente repensadas, como otros
temas asociados como,
6. Gastos y honorarios y
7. Costas
En
general el tipo de casos que se admite puede exonerar de ciertos tipo de gastos
–a través del beneficio de litigar sin gastos- pero no otros: como los
derivados de expertos de parte. Sin embargo por acuerdos o convenios con
instituciones públicas, como Facultades o Colegios Profesionales, puede
acordarse tareas a riesgo y beneficio.
8. Competencia con otros profesionales y con otras instancias de
asesoramiento jurídico gratuito
La
eventual competencia con los ejercicios profesionales privados es otra delicada
cuestión que debe ser considerada. Sobre todo cuando muchas normas de ética
profesional aluden al mismo y comprometen los ejercicios mismos. No obstante
también los Colegios Profesionales deben garantizar la asistencia gratuita del
pobre. Por esta razón es aconsejable llegar a acuerdos y tener en cuenta estos
detalles al momento de seleccionar los casos o clientes sobre los que operará
la clínica.
9. La capacitación en la Clínicas
Un
tema de relevancia en las Clínicas está dado por la capacitación. Las Clínicas
configuran una instancia de capacitación que no responde a los cánones
habituales, y que implica la formación a través del hacer profesional. Sin
embargo son deseables procesos paralelos que refuercen y relacionen la temática
de los casos que se seleccionen, y que entrenen en las habilidades
indispensables para abordarlos. En especial para útiles conocimientos vinculados
con la producción de los casos y sus estrategias. Los problemas de la escucha
de los clientes, y de los problemas éticos que pudiesen derivarse.
10. Evaluación de desempeños
Al
incluirse de una Clínica Jurídica, lo mismo que el estudio sobre un caso real,
los modelos reiterativos habituales de evaluación no son idóneos. La evaluación
de desempeños debe ser reformulada para ponderar:
. Posibilidad de detección de diversas
miradas y puntos de vista en los temas teóricos involucrados.
. Análisis argumental de esas miradas,
y de las consecuencias que ellas se derivan para el cliente
. Creatividad en la selección de vías
y medios para analizar el caso, sus beneficios y dificultades.
. Creatividad en la forma de selección
de prueba relevante y de su producción.
. Calidad de la búsqueda de
información legal, jurisprudencial, y doctrinaria, su análisis y presentación
. Calidad en la escucha del cliente y
de detectar dificultades éticas.
La
evaluación por ende debe ser más del proceso de desempeño que de un acto puntual,
y no debe sesgar el empleo de fuentes y materiales.
Contenidos de una Clínica
Justificación
Hemos
incluido la Clínica Jurídica como un seminario alternativo de la Carrera de
Grado. En la UNLP. Con la cooperación de la Universidad de Palermo.
Los
seminarios alternativos son un experiencia innovadora en nuestra Unidad
académica que pretenden asociar la investigación y el pensamiento creativo y
crítico con nuevos temas y nuevas metodología didácticas. Permiten cumplir con
una condición necesario para la obtención del título de grado cual es haber
aprobado un seminario.
En
este caso, además, se intenta relacionarla con: otros seminarios paralelos
–sobre Discapacidad y Derecho y Genética y Derecho- y una experiencia de
extensión solidaria del Instituto de Derecho del Niño, la defensoría integral
del niño.
Objetivos
General:
propiciar la inclusión de las clínicas jurídicas como método de aprendizaje del
derecho en una Universidad Pública de matrícula masiva.
Específicos:
Destinatarios:
1. Alumnos
de grado en condiciones de rendir el seminario. Es deseable que hayan
aprobado Derecho Procesal II, las prácticas Civiles y Derecho Civil V, razón
por la cual se privilegiará su inscripción en caso de exceso en la matrícula.
2. Graduados
con no más de 3 años de recibidos y colaboradores con los seminarios de
Discapacidad y Derecho y Genética y Derecho.
3. Docentes:
se preferirá aquellos interesados en la innovación curricular y pedagógica y
con matrícula profesional habilitada.
1. Se
permitirá la asistencia a los integrantes de la Defensoría Integral del
Niño